La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó, mediante la Resolución General 5638/2025, el procedimiento para la devolución de los saldos a favor generados por las percepciones en exceso del Impuesto PAIS, que dejó de estar vigente en diciembre de 2024. El esquema permitirá compensar estos saldos con el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, aplicable exclusivamente a los períodos comprendidos entre diciembre de 2024 y marzo de 2025.
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El saldo a favor debe ser declarado a través del formulario F.744 en el sistema SICORE y puede utilizarse de manera gradual hasta el 30 de mayo de 2025. Los porcentajes autorizados para su compensación se incrementan progresivamente: un 33,33% hasta enero, 66,66% hasta febrero y el 100% a partir de marzo. Además, los intereses generados por estos saldos se calculan y actualizan mensualmente, pero solo pueden destinarse a obligaciones fiscales relacionadas, sin posibilidad de reembolso en efectivo.