Corrientes, Capital,
1 de mayo de 2024 - fotorreportajes
Corolario para el 1° de mayo
Principales puntos de esta actualización en el Día del Trabajador.
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Foto: Joaquin Meabe
Aprobaron el apartado laboral del proyecto de ley presentado por el presidente Javier Milei. Con 147 votos afirmativos recibió el apoyo del sector de la oposición “dialoguista”. Durante el tratamiento de este apartado no se presentaron solicitudes de reforma en ninguno de los 15 artículos, que representan una parte importante del proyecto original.
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Foto: Joaquin Meabe
Entre las modificaciones más destacadas, el período de prueba se extiende de 3 a 6 meses como principio general. Además se introduce la posibilidad de extender este período a 8 meses en empresas de 6 a 100 empleados, y hasta un año en casos de 1 a 5 trabajadores.
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Foto: Joaquin Meabe
Se introduce la opción de un fondo de cese laboral como una medida opcional para los sindicatos, que funcionaría de manera similar al que ya maneja la Uocra, pero su implementación queda a discreción del gremio.
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Foto: María Daniela Varela
Ante un despido en el que el empleado alegue que fue por discriminación (por motivos de raza, sexo, género, religión, etc.) la indemnización se incrementa en un 50% ante una sentencia firme, aunque la carga honoraria de probar el despido recae en el empleado.
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Foto: María Daniela Varela
También se permite que los trabajadores independientes cuenten con hasta cinco colaboradores (monotributistas), y se prohíbe la fragmentación de establecimientos, amparándose en que sirve para evitar fraudes.
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Foto: Alicia Ramos
Los artículos 75 y 76 se refieren a la eliminación de las multas de la ley 24013 y los beneficios por registrar empleados en negro. Las multas por la falta de registración serían eliminadas efectivizando la relación laboral dentro de los 90 días de entrada en vigor de esta ley.
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Foto: María Daniela Varela
Se prohíbe el trabajo del personal femenino gestante durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 días después del mismo. Sin embargo, se ofrece la posibilidad de reducir la licencia anterior al parto, acumulando el tiempo restante al período de descanso posterior al parto, con un mínimo de 10 días de licencia anterior al parto.